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La verdad que no solo hace falta "firmas" hace falta que quien pueda ayude para recoger todas las firmas que se puedan ya que solo se tendrán 20 días desde el día 26 de septiembre ... toda ayuda es poca por culpa de una medida burocrática que quiere impedir que se presenten los pequeños ...
Los partidos sin representación parlamentaria podrán recoger avales desde el 26 de septiembre
La Junta Electoral permitirá la recogida de firmas electrónicas
Necesitan el apoyo del 0,1% de cada circunscripción para presentarse
La recogida de avales comenzará con la convocatoria oficial de elecciones
Los partidos, federaciones o coaliciones que no tienen representación parlamentaria y quieren presentarse a las elecciones generales del próximo 20 de noviembre deben recabar avales para poder concurrir a estos comicios, según la última modificación de la Ley Electoral General. En concreto, deberán sumar, como mínimo el 0,1 % del censo electoral en cada circunscripción y podrán hacerlo tanto por el medio de recogida de firmas tradicional como utilizando la firma electrónica.
Así lo ha especificado la Junta Electoral Central en una resolución, y que el organismo arbitral aprobó en la reunión que mantuvo este jueves en el Congreso.
La reforma de la Ley Electoral pactada por PSOE, PP CiU y PNV el pasado mes de enero extendió a los partidos extraparlamentarios los requisitos que hasta entonces regían únicamente para las agrupaciones del electores.
Según el nuevo apartado 3 del artículo 169 de la Ley Electoral los partidos los partidos, federaciones o coaliciones que no hubieran obtenido representación en ninguna de las Cámaras en la anterior convocatoria de elecciones "necesitarán la firma, al menos, del 0,1 por ciento de los electores inscritos en el censo electoral de la circunscripción por la que pretendan su elección". Además, cada elector podrá avalar únicamente una candidatura.
El 26 de septiembre comienza la recogida de firmas
En su instrucción, la Junta Electoral Central recuerda que los avales no pueden empezar a recabarse hasta que se inicie el periodo electoral, es decir, hasta que se convoquen oficialmente las elecciones. El decreto de convocatoria de las legislativas del 20 de noviembre se publicará el próximo 26 de septiembre.
El Ministerio del Interior pondrá a disposición de las formaciones políticas el modelo para la recogida de firmas, los avalistas sólo podrán apoyar una candidatura y deberán estar censados en la circunscripción por la que se vaya a presentar la lista a la que prestan su respaldo. Junto a la firma de cada uno de los avalistas debe figurar su nombre y apellidos, número del DNI (sin que sea necesario adjuntar una fotocopia del mismo) y fecha de nacimiento.
Según establece la resolución de la JEC, la recogida de avales mediante firma electrónica debe entenderse válida siempre que se ajuste a lo dispuesto por la Ley de firma electrónica de 2003, que fue modificada en 2007 mediante la de Medidas de Impulso de la Sociedad de la Información.
En consecuencia, las firmas deberán realizarse con un certificado electrónico de los reconocidos por la Sede electrónica del INE. A tal efecto, el representante de la candidatura deberá comunicar a la Junta Electoral competente el sistema de firma electrónica y de verificación de firma utilizado, que deberá incluir el sello o marca de tiempo en el que se realiza la firma.
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http://www.rtve.es/noticias/20110916/los-partidos-sin-representacion-parlamentaria-podran-recoger-avales-mediante-firma-electronica/461937.shtml