Me ha llegado este texto hace un par de dias, a ver si alguien sabe lo que quiere decir exactamente...
Le comunico que de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el
régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas, Orden EDU/1781/2010, de 29 de junio de 2010, (BOE de 03 de julio), por la
que se convocan becas de carácter general y de movilidad para el curso académico 2010-2011, para estudiantes de
enseñanzas universitarias, ha sido seleccionado/a para ser incluido/a en la lista general estatal de becarios/as, con una beca de las
siguientes características:
ESTUDIOS: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
El importe de la beca será transferido a la cuenta bancaria o de ahorros siguiente. Si sus datos no fueran correctos, diríjase a la Unidad
de Becas que tramitó su solicitud.
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
El alumnado universitario que sea beneficiario de beca con cargo al presupuesto de este Departamento queda exento de
abonar la matrícula, exclusivamente para los estudios arriba indicados. Para ello deberá presentar esta credencial en el Centro, dentro
de los diez días siguientes a su recepción.
Contra esta propuesta de concesión podrá Vd. formular alegaciones en el plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al
recibo de esta notificación, ante el Órgano de Selección que tramitó su solicitud.
Una vez publicada la resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de becarios/as - que pondrá fin a la vía
administrativa- podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Ministro de Educación. Este recurso podrá presentarse en el
plazo de un mes, contado a partir del siguiente a la fecha de publicación de las citadas relaciones en los tablones de anuncios de las
administraciones educativas competentes. Se entenderán denegadas las solicitudes que no aparezcan en estas relaciones a efectos
de interposición del mencionado recurso.
Asimismo, la Resolución definitiva podrá ser impugnada ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses, conforme a lo establecido en los artículos 11.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Información adicional:
- Para alumnado universitario, la beca de matrícula comprenderá el importe de las tasas académicas, que será el
correspondiente al precio público oficial establecido y en el caso de alumnos de universidades privadas no superará el
importe establecido para las universidades públicas.
- El alumnado universitario que haya obtenido beca de acuerdo con lo establecido en la convocatoria para los supuestos de
matrícula parcial, deberá superar la totalidad de los créditos/asignaturas matriculados para conservar el derecho a beca en
el siguiente curso.
- En todo caso, las ayudas concedidas podrán ser revocadas en los supuestos previstos en los artículos 33 y 41.2,
respectivamente, de la disposición citada en el párrafo primero de este escrito.
MADRID, 17 de diciembre de 2010
Dirección General de Formación y Orientación Universitaria
y os preguntareis, donde esta el problema?
Pues el problema es que no se si esta concedida o no, ya que en ningun sitio pone que este CONCEDIDA, pero tampoco pone que este rechazada (que era con lo que contaba desde hace mucho)
¿que me estan queriendo decir? ¿esta ya concedida o no?
Iluminadme camaradas... muchas gracias de antemano
Le comunico que de conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 1721/2007, de 21 de diciembre, por el que se establece el
régimen de las becas y ayudas al estudio personalizadas, Orden EDU/1781/2010, de 29 de junio de 2010, (BOE de 03 de julio), por la
que se convocan becas de carácter general y de movilidad para el curso académico 2010-2011, para estudiantes de
enseñanzas universitarias, ha sido seleccionado/a para ser incluido/a en la lista general estatal de becarios/as, con una beca de las
siguientes características:
ESTUDIOS: XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
El importe de la beca será transferido a la cuenta bancaria o de ahorros siguiente. Si sus datos no fueran correctos, diríjase a la Unidad
de Becas que tramitó su solicitud.
XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX
El alumnado universitario que sea beneficiario de beca con cargo al presupuesto de este Departamento queda exento de
abonar la matrícula, exclusivamente para los estudios arriba indicados. Para ello deberá presentar esta credencial en el Centro, dentro
de los diez días siguientes a su recepción.
Contra esta propuesta de concesión podrá Vd. formular alegaciones en el plazo de 15 días, contados a partir del siguiente al
recibo de esta notificación, ante el Órgano de Selección que tramitó su solicitud.
Una vez publicada la resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de becarios/as - que pondrá fin a la vía
administrativa- podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Ministro de Educación. Este recurso podrá presentarse en el
plazo de un mes, contado a partir del siguiente a la fecha de publicación de las citadas relaciones en los tablones de anuncios de las
administraciones educativas competentes. Se entenderán denegadas las solicitudes que no aparezcan en estas relaciones a efectos
de interposición del mencionado recurso.
Asimismo, la Resolución definitiva podrá ser impugnada ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo de la Audiencia Nacional,
en el plazo de dos meses, conforme a lo establecido en los artículos 11.1 y 46.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la
Jurisdicción Contencioso-Administrativa.
Información adicional:
- Para alumnado universitario, la beca de matrícula comprenderá el importe de las tasas académicas, que será el
correspondiente al precio público oficial establecido y en el caso de alumnos de universidades privadas no superará el
importe establecido para las universidades públicas.
- El alumnado universitario que haya obtenido beca de acuerdo con lo establecido en la convocatoria para los supuestos de
matrícula parcial, deberá superar la totalidad de los créditos/asignaturas matriculados para conservar el derecho a beca en
el siguiente curso.
- En todo caso, las ayudas concedidas podrán ser revocadas en los supuestos previstos en los artículos 33 y 41.2,
respectivamente, de la disposición citada en el párrafo primero de este escrito.
MADRID, 17 de diciembre de 2010
Dirección General de Formación y Orientación Universitaria
y os preguntareis, donde esta el problema?
Pues el problema es que no se si esta concedida o no, ya que en ningun sitio pone que este CONCEDIDA, pero tampoco pone que este rechazada (que era con lo que contaba desde hace mucho)
¿que me estan queriendo decir? ¿esta ya concedida o no?
Iluminadme camaradas... muchas gracias de antemano