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Las nuevas medidas de Rajoy contra los trabajadores
Habeas_Corpus- Miembro del Soviet
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Henargrado- Comunista
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http://www.kaosenlared.net/component/k2/item/7427-¿por-qué-la-reforma-laboral-del-pp-es-el-mayor-ataque-a-los-derechos-de-la-clase-trabajadora-desde-la-transición?.html
¿Por qué la Reforma Laboral del PP es el mayor ataque a los derechos de la clase trabajadora desde la transición?
En un primer análisis de urgencia basta con analizar el contenido de las medidas anunciadas hoy por la ministra de Trabajo en nombre del gobierno para poder concluir, sin el menor atisbo de exageración, que estamos ante la mayor agresión a los derechos de la clase trabajadora desde la transición.
Desde aquellos lejanos Pactos de la Moncloa (1977) y Estatuto de los Trabajadores (1980), que ya empezaron hace más de tres décadas a liquidar algunos de los derechos (despido libre y rebaja de la indemnización por despido o incrementos salariales según la inflación prevista), duramente conquistados por la clase trabajadora con su poderosa lucha durante la etapa final del franquismo, hasta hoy han sido nueve las reformas laborales que los partidos del capital en el gobierno (UCD, el PSOE o el PP) han aprobado.
Con ellas han ido imponiendo una creciente desregulación, flexibilidad y precariedad laboral, ya sea de forma pactada con los dirigentes de CCOO y UGT, con su pasividad cómplice o con una respuesta timorata e inconsecuente por su parte como el 29-S. De hecho, han sido los incalificables burócratas de CCOO y UGT quienes han allanado el camino a la reforma del PP con su pacto previo con la patronal donde aceptaban, entre otras cosas, el retroceso de los salarios por tres años más, con la que está cayendo sobre los trabajadores.
La reforma que hoy ha anunciado el gobierno supone, en ese contexto, un salto cualitativo por varias razones, entre las que cabe destacar:
- Es la mayor agresión conocida a la negociación colectiva: además de hacer prevalecer los convenios de empresa sobre los de nivel superior, aumenta el poder empresarial al facilitar las cláusulas de descuelgue –ya aceptadas por CCOO y UGT— y cargarse la “ultraactividad” de los convenios (dejan de prorrogarse automáticamente pasados dos años después de haber vencido). Todo ello facilitará que los empresarios puedan imponer unilateralmente peores condiciones salariales y laborales a los trabajadores, limitando su capacidad de respuesta.
- Se suprime la autorización administrativa previa en los EREs, es decir, los empresarios podrán realizar despidos colectivos sin ninguna traba, y se extienden además al sector público la posibilidad de realizarlos. Esta era una vieja aspiración también de la patronal, como las anteriores.
-El despido se abarata drásticamente por varias vías: se generaliza el despido improcedente a 33 días por 24 mensualidades (desapareciendo el despido de 45 días por 42 mensualidades) y se imponen nuevas causas para el despido justificado (bastará que una empresa vea reducidos sus ingresos durante tres meses consecutivos) que facilitarán que la mayoría de despidos sean objetivos (20 días por 12 mensualidades).
-Se abre un nuevo y amplio abanico de bonificaciones a la patronal por contrataciones, es decir, se restan ingresos a la Seguridad Social (salario indirecto y diferido de los trabajadores) y, puestos a regalar dinero de los trabajadores al capital, se establece que los patronos puedan cobrar una parte de la prestación de desempleo de un parado (el 50% durante 12 meses) por contratarlo, mientras seguirá diciendo que escasea el dinero para pagar las pensiones o la prestación de desempleo.
-Se mantienen las formas más precarias de contratación –contrato de aprendizaje—y el límite a 24 meses en el encadenamiento de contratos temporales es poco menos que un chiste si tenemos en cuenta que se precariza todo el empleo, ya que se abarata el despido, igualando a la baja los contratos indefinidos con los temporales. Eso al margen del fraude patronal generalizado.
-Las ETT’s pasan a tener un papel central como agencias de colocación, lo que en la práctica supone la privatización del INEM por la vía de desviar su actividad hacia esas empresas de traficantes de trabajadores.
-En el mismo sentido, de reducir derechos de los trabajadores y culpabilizarlos, aprovechando para privatizar lo público, se endurece la “lucha contra el absentismo” laboral, dando mayor poder de control a las mutuas patronales, y se pretende que los parados con prestación realicen “trabajo social para la comunidad”, es decir, se les culpabiliza de su situación (cobran del Estado sin hacer nada) y se les utiliza para cubrir servicios públicos que corresponderían al Estado.
-Poco se puede decir de la broma de mal gusto (¡un nuevo derecho!) sobre el derecho de los trabajadores indefinidos a 20 horas anuales de formación a cargo de la empresa. Supondrán millones de horas de formación y resulta sospechoso que “los centros de formación acreditados ejecuten directamente los planes de formación”: parece evidente que a CCOO y UGT no les disgustará este punto teniendo en cuenta su implantación en esa actividad.
Es una reforma laboral contra la clase trabajadora, los verdaderos productores de riqueza y la inmensa mayoría de la sociedad, en beneficio del capital. Y ningún trabajador o trabajadora (activo o parado, indefinido o temporal, del sector público o del privado, autóctono o inmigrante, joven o mayor) escapa a sus efectos, independientemente de la conciencia o el conocimiento que pueda tener sobre ello.
Ni que decir tiene, por lo tanto, que tamaña agresión exige una respuesta lo más unitaria, amplia y sostenida en el tiempo que sea posible, si se quiere tener posibilidades reales de echarla abajo, partiendo de la convocatoria de una huelga general, como ya se ha hecho en Galiza, como primer paso en esa dirección. Una huelga general que debe partir de la explicación de los efectos de esta agresión para movilizar todo el potencial de lucha. Una agresión que hay que ver, además, como parte de la enorme ofensiva del capital y sus gobiernos contra los derechos también sociales de la mayoría social trabajadora, sobre la que quiere descargar la crisis ocasionada por el capital. A esa tarea debieran volcarse el sindicalismo de clase y alternativo, el activismo sindical y los movimientos sociales comprometidos con los intereses populares.
Teo Navarro (10 de febrero de 2011)
nunca- Colaborador estrella
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http://www.kaosenlared.net/component/k2/item/7402-no-es-una-reforma-laboral-es-el-mayor-ataque-contra-los-derechos-de-las-clases-trabajadoras-que-se-podía-imaginar.html
No es una reforma laboral, es el mayor ataque contra los derechos de las clases trabajadoras que se podía imaginar
El consejo de ministros ha aprobado una reforma laboral que pasa por abaratar el despido. También se aumentan las facilidades de los empresarios para no respetar los convenios, y se pone el 50% del subsidio de desempleo de jóvenes parados al alcance de la mano del empresario que los contrate.
Además se amplían los motivos para que las empresas puedan despedir por la vía procedente.
Agencias/Prensa/Kaosenlared
Estas son las principales medidas aprobadas. Una aberración en toda regla, que devuelve a los trabajadores a condiciones de semi-esclavitud, los condena al paro, a la emigración o al trabajo -precario- por un "plato de comida", y que, para colmo, pone parte de los derechos adquiridos, como es el subsidio por desempleo, en manos del empresario, robándoselos al trabajador. Algo inaudito. Además, por si fuese poco, se privatizan de manera encubierta los servicios de colocación de empleo, y se otorga a las ETT, paradigma del abuso y de la explotación laboral, un papel central en la estrategia de "lucha" contra el desempleo, con todo lo que ello significa:
Contratación
El contrato indefinido tendrá una indemnización de 33 días por un máximo de 24 mensualidades. Nuevo contrato para "emprendedores": será indefinido "para evitar la temporalidad y dualidad". Destinado a pymes de menos de 50 trabajadores. Ayudas: Deducción fiscal de 3.000 euros para el primer asalariado siempre que sea menor de 30 años. La persona que tiene hoy la prestación de desempleo podrá compatibilizar el 25% de la percepción por paro durante un año.Bonificaciones: hasta 3.600 euros por contratar a menores de 30 años. Por otro lado se bonifican con 4.500 euros por incorporar a parados de larga duraciónSe prohíbe la encadenación de contratos temporales más allá de 24 mesesLas ETT actuarán como agencias de colocación, harán la competencia al INEM y al SOCSe facilita la modificación de jornada, salario y funciones El periodo de prueba dura hasta un año.
Formación
El trabajador podrá formarse en la propia empresa, se instaura el modelo alemán de formación dualFormación Profesional: se evaluará la empleabilidad de los cursos. El trabajador tendrá derecho a 20 horas de formación pagadas por la empresa
Negociación colectiva y absentismo
Prioridad del convenio de empresa al sectorial. Se facilita a las empresas el descuelgue del convenio colectivo. El plazo máximo será de dos añosSe anuncia una próxima ley de mutuas se recogerán los mecanismos para regular la metodología para que esas entidades participen en la valoración del abstencionismo
Despido
Las causas empresariales para despedir objetivamente con 20 días de indemnización son las pérdidas actuales o previstas y además una caída de los ingresos durante tres trimestres consecutivos.
Todos los despidos se entenderán ‘a priori’ como justificados y se indemnizarán con 20 días por año trabajado; será el trabajador el que tenga que ir al juzgado y demostrar que es improcedente para conseguir 33 días por año de indemnización.
Desempleo
Los parados podrán compaginar el cobro del paro con la prestación de servicios para la comunidad, en coordinación con las autonomíasLas prestaciones por desempleo permanecen sin variación
Resumiendo:
Se abarata el despido. La indemnización será de 33 días por año trabajado y con un máximo de 24 meses. 20 y un máximo de 12 meses en caso de que el despido sea declarado procedente, para lo cual la reforma aumenta el margen de casos aceptables como tales. Además, el periodo de prueba pasa a ser de un año completo, lo que en la práctica viene a suponer que durante el primer año de trabajo el despido sea, en la inmensa mayoría de casos, totalmente gratuito.
Autoriza el descuelgue de las Pymes de los convenios sectoriales. En la práctica supone que el empresario pueda imponer las condiciones de trabajo (horarios, duración de la jornada, salarios, etc.) a su antojo. Supone, también, el fin de la negociación colectiva. Los convenios prácticamente pasan a ser, en el ámbito de las Pymes, papel mojado, o, mejor dicho, figuras retóricas para adornar el marco de relaciones laborales vigente, pero sin valor real alguno.
Prácticamente se equiparan las Empresas de Trabajo Temporal (ETT) al INEM y demás agencias autonómicas de empleo, en lo que supone una privatización encubierta del servicio público de empleo. Las ETT, conocidas por ser el paradigma de la contratación ultraprecaria y la explotación laboral abusiva, serán ahora quienes ejerzan como agencias de colocación a gran escala, quitándo del medio la incomodidad que para un empresario explotador pudiera suponer tener que utilizar el estado como intermediador en la búsqueda de trabajadores y trabajadoras, y convirtiendo de facto la oferta/demanda de empleo en un negocio, donde los desempleados serán tratados como mera mercancía a la que poder sacar un rendimiento económico. La oferta/demanda de empleo pasa a ser un negocio.
Convierte a los desempleados, personas enfermas con baja laboral, etc. en sujetos sospechosos de estar cometiendo algún tipo de fraude fiscal solo por el mero hecho de encontrarse en tal situación laboral, y carga sobre ellos la lucha contra la "economía sumergida", tratándolos apriori como delincuentes.
Instauran una vía legal por la cual el empresario podrá robar a un joven desempleado, que esté cobrando el subsidio de desempleo, parte de su prestación. Para que se entienda, lo que se acaba de aprobar, viene a ser algo así como si usted, ciudadano trabajador, joven, en paro y que actualmente está cobrando 1000 euros por el subsidio de desempleo, para que un empresario acepte contratarlo, en las condiciones que él considere oportunas (digamos, por ejemplo, contrato temporal por el salario mínimo de 642 euros), usted deberá renunciar al 75% del mismo, de los cual un 25% irá para el estado, y un 50% para el empresario en forma de deduciones fiscales. Usted seguirá cobrando el 25% restante, pero perderá todo derecho adquirido al respecto, y, en esencia, será usted, con su subsidio, quien esté pagando la mayor parte del coste que al empresario le supone su contratación.
Convierte a los desempleados que estén cobrando el subsidio en voluntarios forzosos, y reducen así el empleo público que pudiera generarse. En lugar de emitir ofertas de empleo público, con sus correspondientes derechos laborales asociados, entre ellos, los más básicos de cotización a la seguridad social y al subsidio de desempleo, obligarán a los desempleados a trabajar, a cambio de recibier el subsidio, sin que tal trabajo sirva para cotizar, y sin que, además, esto tenga consecuencias para la acumulación de tiempo cotizado para el cobro del subsidio de desempleo, un subsidio que ya se cobra en esos momentos, y que dejará a de cobrarse una vez se agote el plazo correspondiente, pese a que en ese tiempo el trabajador haya desarrollado su labor en estos trabajos comunitarios.
En agencias:
La ministra de Empleo y Seguridad Social, Fátima Báñez, ha anunciado que a partir de la entrada en vigor de la reforma laboral aprobada hoy la indemnización por despido improcedente en el caso de los contratos indefinidos será de 33 días por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, mientras que la del despido procedente será de 20 días por año trabajado, con un máximo de un año de salario. Según Báñez, la reforma respetará los derechos adquiridos por los trabajadores.
El Gobierno ha clarificado en esta reforma las características para que las empresas puedan acogerse a despidos objetivos por causas económicas (20 días por año trabajado).
Así, se entenderán por causas económicas cuando de los resultados de la empresa se desprenda una situación económica negativa, como la existencia de pérdidas actuales o previstas o la disminución persistente de su nivel de ingresos o ventas. En todo caso, se entenderá que es persistente si se produce durante tres trimestres consecutivos.
Además, la reforma recuperará a partir del 1 de enero de 2013 el límite al encadenamiento de contratos temporales eliminado por el anterior Gobierno, y elimina la autorización laboral administrativa que se requería en los despidos colectivos.
Asimismo, fomentará la contratación indefinida de jóvenes y de parados de larga duración con bonificaciones de hasta 4.500 euros, regula por primera vez el teletrabajo, facilita el descuelgue de los convenios y la modificación de las condiciones laborales, y modifica el contrato estable a tiempo parcial y el de formación y aprendizaje.
En este punto, Báñez ha explicado que el contrato de formación podrá realizarse con trabajadores de hasta 30 años hasta que la tasa de paro no baje del 15%. Cuando ésta caiga por debajo de esa barrera, la edad máxima del contratado será de 25 años. Además, ha dicho la ministra, los trabajadores podrán formarse en las propias empresas, al estilo del modelo dual de formación.
En prensa:
El Consejo de Ministros ha aprobado su anunciada reforma laboral, envuelta hasta la fecha en un enorme secretismo. No ha sido hasta la rueda de prensa posterior a la reunión del Gobierno de este viernes cuando se ha confirmado la aprobación de la reforma que liquida el contrato con indemnización de 45 días. Desde que entre en vigor la norma, el abaratamiento de los despidos afectará a todos los contratos, no solo a los nuevos. Además, la nueva reforma laboral permitirá no aplicar en tiempos de crisis el convenio pactado.
Otro de los puntos clave de la reforma es que la indemnización para trabajadores fijos que sean despedidos de forma improcedente se reduce de 45 a 33 días por año trabajado con un máximo de 24 mensualidades.
Tras la introducción de la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, la ministra de Empleo, Fátima Báñez, ha calificado la reforma laboral de "completa e histórica". Báñez ha asegurado que el Ejecutivo ha aprobado "una reforma para el empleo estable pensando en los ciudadanos, en los parados y en los jóvenes sin empleo".
"Va a atacar la fuerte dualidad entre empleos indefinidos y temporales", ha afirmado Báñez, "y la rigidez de la que adolece el mercado de trabajo que hace que las empresas afronten la crisis con despidos".
Previamente la vicepresidenta del Gobierno, Soraya Sáenz de Santamaría, ha anunciado que se concederá unadeducción de 3.000 euros a los autónomos que contraten a su primer trabajador menor de 30 años en situación de desempleo.
Dicho trabajador cobrará, según Sáenz de Santamaría, el 25% de la prestación por desempleo y el empleador podrá deducirse en el plazo de un año el 50% del montante que al trabajador contratado le quede por percibir.
La vicepresidenta ha definido la reforma laboral como importante y de calado y ha asegurado que "marcará un antes y un después en la legislación laboral" española.
El 'mutismo" del Gobierno sobre qué medidas contempla la reforma ha generado un gran malestar entre los sindicatos, que también rechazan uno de los detalles que se han conocido, quedesaparecerá el contrato fijo con indemnización de 45 días.
La reforma laboral llega al Consejo de Ministros en medio de un enorme crisis de empleo, con casi 5,3 millones de parados y menos de 17 millones de afiliados a la Seguridad Social. Según la Encuesta de Población Activa (EPA) del cuarto trimestre de 2011, la tasa de paro ya alcanza el 22,85%, un porcentaje inédito para la economía española desde el primer trimestre de 1995 (23,49%). Pero la cosa parece que no va a acabar aquí: el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ya advirtió que las cifras del paro "empeorarán" en 2012.
Éste es el resumen de cómo será el nuevo contrato para jóvenes:
1.Será un contrato indefinido que se ceñirá a empresas con menos de 50 empleados.
2.La compañía que fiche como primer trabajador a un menor de 30 años podrá beneficiarse de una deducción de 3.000 euros.
3.Para incentivar la contratación de trabajadores que actualmente están en paro, se podrá completar el sueldo con el 25% del paro correspondiente. Además, el empleador podrá deducirse el 50% de la cantidad que le quedaba por cobrar al trabajador.
Más información:
El Gobierno ha anunciado hoy una reforma laboral que rebaja de forma generalizada el coste del despido para las empresas, tal y como ayer avanzó el ministro de Economía, Luis de Guindos. Entre los cambios que establece la nueva normativa, que entrará en vigor mañana tras su publicación en el BOE ya que se ha aprobado por decreto ley, se generaliza el contrato con indemnización por despido de 33 días y un máximo de 24 mensualidades, así como se flexibilizan las causas para que los empresarios puedan acogerse a la vía del despido procedente, que se limita a 20 días por año trabajad. Por el lado de la contratación, pone en marcha un nuevo contrato indefinido para las pymes que combina el cobro del paro con el de un salario y reinstaura la prohibición que suspendió el anterior Gabinete de concatenar contratos temporales más allá de los 24 meses.
El descenso en el coste de despido afectará también a los contratos ordinarios (los de 45 días) firmados antes de la reforma, la octava desde que se creó el Estatuto de los Trabajadores en 1980. Es decir, cuando se despida a un trabajador con contrato ordinario firmado antes de mañana, la indemnización se calculará según dos escalas: el periodo previo a la reforma se computará de acuerdo a la indemnización de 45 días por año; el posterior, con respecto a la nueva fórmula de 33 días por año trabajado.
Sin salir del lado de las empresas también se facilita que se puedan acoger a la modalidad de despido procedente. Para ello, tendrá que tener "pérdidas actuales o previstas" o una "disminución de ventas durante tres trimestres consecutivos", según ha explicado la ministra de Empleo, Fátima Báñez, tras el Consejo de Ministros que ha aprobado el decreto. Esta vía es la que cuenta con una indemnización por despido más barata (20 días por año trabajado y un máximo de un año de salario) y es la que se emplea habitualmente ahora en los Expedientes de Regulación de Empleo.
Para reducir el paro juvenil, que sufre una tasa de desempleo del 48%, el Ejecutivo ha creado un nuevo contrato indefinido para emprendedores. En él, se establece una rebaja en los costes laborales de 3.000 euros para las pymes con menos de 50 trabajadores al contratar al primer empleado menor de 30 años que esté en paro. Ese trabajador seguirá cobrando el 25% del paro al que tenía derecho mientras, el empleador, podrá dejar de pagar el 50% de lo que le correspondía de la prestación a la que tenía derecho el empleado durante un máximo de un año, aunque este periodo coincide con el tiempo de prueba que prevé el nuevo contrato.
Junto a este contrato, el Gobierno modifica las bonificaciones y se establece una ayuda de 4.000 euros para quienes den trabajo a los llamados parados de larga duración. En formación, la edad máxima para optar a un contrato de aprendizaje se eleva a los 25 años. Asimismo, se regula que las agencias de empresas de trabajo temporal puedan funcionar como agencias de colocación.
La ministra ha apuntado que el principal objetivo de la reforma, diseñada para atajar la destrucción de empleo en España, es acabar con la dualidad existente en el mercado laboral español entre temporales e indefinidos. Asimismo, ha defendido que aumentará la flexibilidad interna de las empresas, lo que permitirá que los ajustes a los que se vean obligados en épocas de deterioro económico no se traduzcan, como hasta ahora, en recortes de plantilla.
En opinión de Báñez, el nuevo marco legal también permitirá aumentar los derechos de los trabajadores, aunque se ha limitado a apuntar a que tendrán más derecho a la formación, ya que se aborda una amplia reforma de la FP. Junto a ello, cada trabajador tendrá derecho a 20 horas de formación anuales pagadas por su empresa.
Según ha descrito la vicepresidenta, Soraya Sáenz de Santamaría, se trata de una “reforma importante, de calado y completa”. “Marcará un antes y un después del mercado laboral”, ha asegurado antes de señalar que sienta “las bases para volver a crear empleo”. Eso sí, ha admitido que la reforma, si bien es necesaria, no es suficiente para atajar el paro.
CrustPunk- Gran camarada
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Muy clarificador el último mensaje. Tenía ganas de llegar a casa para poder ver todas las medidas impuestas, mañana haré un resumen para repartirlo en mi curro (dl que me echan en dos semanas).
Cuando dice que solo se podran encadenar trabajos temporales hasta 24 meses se refiere a que pasados dos años trabajando a mesds en una misma fabrica ya no te podran volver a llamar????
Cuando dice que solo se podran encadenar trabajos temporales hasta 24 meses se refiere a que pasados dos años trabajando a mesds en una misma fabrica ya no te podran volver a llamar????
geort- Novato/a rojo/a
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El amo y el lacayo:
https://www.youtube.com/watch?v=vlQXbPD-FXo
pd. la traducción de Intereconomía es lenitiva:
1.De Guindos tutea a Olli Rehn
2. omite un "extremadamente
https://www.youtube.com/watch?v=vlQXbPD-FXo
pd. la traducción de Intereconomía es lenitiva:
1.De Guindos tutea a Olli Rehn
2. omite un "extremadamente
Nexus6- Gran camarada
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orsiros escribió:Bien, bien. Palos, hacen falta más palos. Muchos más. Y cargas policiales (más). ....... más caña.
A ver si así, de una puta vez la gente empieza a despertar
Aquí sólo aprendemos a base de palos....... pues jarabe de palo para todos. Así aprenderemos (todos) que al capital no se le puede ir con medias tintas y componendas.
Un saludo.
Cruel...pero efectivo.
nunca- Colaborador estrella
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http://www.publico.es/dinero/421521/las-empresas-podran-bajar-los-sueldos-sin-que-haya-acuerdo
Las empresas podrán bajar los sueldos sin que haya acuerdo
La reforma laboral refuerza el poder patronal y concede rebajas salariales por razones económicas, técnicas, organizativas, de producción o, incluso, de productividad
El Boletín Oficial del Estado publica hoy el decreto ley de reforma laboral con importantes sorpresas. El poder patronal se refuerza aún más: a partir de ahora los empresarios podrán bajar el sueldo de sus trabajadores "cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción". Se trata de un ‘detalle' que el Gobierno omitió ayer en su explicación de la reforma.
En el caso de que estas modificaciones de sueldo se hagan individualmente (es decir, que afecten a menos de diez trabajadores en las empresas de más de cien empleados, al 10% en el caso de las empresas de entre cien y trescientos trabajadores, y a treinta trabajadoras en las de más de 300), los empresarios podrán aplicarlas unilateralmente y tan sólo tendrán que comunicarlo al trabajador afectado y a sus representantes sindicales con un mínimo de 15 días de antelación.
En las modificaciones de sueldo colectivas, el empresario tendrá que abrir un proceso de diálogo
Eso sí, si el trabajador no está de acuerdo podrá pedir la rescisión de su contrato y su indemnización de veinte días por año trabajado. Es decir, se abre la puerta a que, en una misma empresa, el patrón decida bajar el sueldo de, por ejemplo, cinco empleados alegando razones de productividad.
En el caso de que las modificaciones de sueldo sean colectivas (que afecten, por tanto, a un número de trabajadores mayor que el mencionado anteriormente), el empresario tendrá que abrir un proceso de diálogo con los representantes de los trabajadores y será necesario que exista un acuerdo que aprueben la mayoría de miembros del comité de empresa o de la representación sindical.
vilenin- Gran camarada
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Bruselas sospecha que Rajoy infló las cifras de déficit del 2011
El Gobierno exageró supuestamente el desfase para cumplir con más facilidad los objetivos de este año.
El Ejecutivo socialista cifró el déficit en el 6%, pero Rajoy lo elevó al 8,3%
La Comisión Europea está dispuesta a emprender acciones contra España porque sospecha que el Gobierno de Mariano Rajoy infló las cifras de déficit de 2011 con vistas a mejorar el balance de 2012 y hacer que los objetivos para este año sean más asequibles, según fuentes oficiales de la UE. El Ejecutivo socialista cifró el déficit en el 6%, pero Rajoy lo elevó al 8,3%.
El Ejecutivo comunitario cree que el Gobierno de Rajoy está retrasando la adopción de las medidas de austeridad necesarias para devolver la sostenibilidad fiscal a las arcas públicas hasta mayo, tras las elecciones autonómicas de Andalucía.
Ante el incumplimiento de los planes de estabilidad comprometidos ante Bruselas, las fuentes añaden que "es muy posible" que este retraso voluntario conlleve la imposición de sanciones para España. "No es que nos atraiga la idea, pero si hay una desviación, y es evitable, tendremos que hacerlo", ha añadido a Reuters uno de los altos funcionarios de la UE.
http://www.elperiodico.com/es/noticias/politica/bruselas-sospecha-que-rajoy-inflo-las-cifras-deficit-del-2011-1415103
artzien- Camarada
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Fecha de inscripción : 18/11/2011
La violencia es el único medio de lucha, y la sangre el carburante de la historia...
Una verdad como un templo!!!
Una verdad como un templo!!!
artzien- Camarada
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Reputación : 130
Fecha de inscripción : 18/11/2011
vilenin escribió:
Bruselas sospecha que Rajoy infló las cifras de déficit del 2011
El Gobierno exageró supuestamente el desfase para cumplir con más facilidad los objetivos de este año.
El Ejecutivo socialista cifró el déficit en el 6%, pero Rajoy lo elevó al 8,3%
La Comisión Europea está dispuesta a emprender acciones contra España porque sospecha que el Gobierno de Mariano Rajoy infló las cifras de déficit de 2011 con vistas a mejorar el balance de 2012 y hacer que los objetivos para este año sean más asequibles, según fuentes oficiales de la UE. El Ejecutivo socialista cifró el déficit en el 6%, pero Rajoy lo elevó al 8,3%.
El Ejecutivo comunitario cree que el Gobierno de Rajoy está retrasando la adopción de las medidas de austeridad necesarias para devolver la sostenibilidad fiscal a las arcas públicas hasta mayo, tras las elecciones autonómicas de Andalucía.
Ante el incumplimiento de los planes de estabilidad comprometidos ante Bruselas, las fuentes añaden que "es muy posible" que este retraso voluntario conlleve la imposición de sanciones para España. "No es que nos atraiga la idea, pero si hay una desviación, y es evitable, tendremos que hacerlo", ha añadido a Reuters uno de los altos funcionarios de la UE.
http://www.elperiodico.com/es/noticias/politica/bruselas-sospecha-que-rajoy-inflo-las-cifras-deficit-del-2011-1415103
Da absolutamente igual la gente seguira, sentadita en el sofa viendo salvame o gran hermano, asco de pais que hemos construido entre todos!!!
Como suele decirse, persigue al mentiroso hasta el umbral de su mentira.
IeR- Comunista
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El zarpazo de la patronal: los principales ejes de la reforma
por Amador Cea, militante de Iniciativa Comunista
El pasado sábado 11 de febrero de 2012 se publicó la enésima reforma del ordenamiento laboral. Sin embargo, ésta es diferente de todas las anteriores: y es que supone, sin duda, el mayor ataque contra los derechos de los trabajadores que se ha producido en el Estado español jamás. No es una reforma, no. Es una demolición. Es la voladura, la destrucción, de algunos de los pilares básicos que, desde hace tiempo, inspiran nuestro Derecho del Trabajo.
Pero, ¿cuáles son estos aspectos, tan dañinos, que contiene la nueva normativa? Intentaré, de forma sintética, expresar los más importantes a continuación.
Primeramente, se crea un nuevo contrato, denominado “contrato de trabajo de apoyo a los emprendedores”. Tan rimbombante nombre significa, entre otras cosas, que las empresas de menos de cincuenta trabajadores pueden celebrar contratos que tienen un período de prueba de un año en todo caso. Esto supone, en la práctica, la instauración del despido libre (es decir, sin causa) y sin indemnización en la pequeña y mediana empresa. En otras palabras: la negación de herramientas al trabajador para resistir o denunciar los abusos empresariales. “Esto es lo que hay: lo tomas o lo dejas”, será la frase que a partir de ahora oiremos más que nunca.
En segundo lugar, el zarpazo patronal golpea duramente la negociación colectiva. Se establece “ex lege” la prioridad aplicativa absoluta de los convenios colectivos de empresa sobre los convenios colectivos sectoriales, o de ámbito estatal o de Comunidad Autónoma. Esta prioridad se predica en materias tan relevantes como el salario base, los complementos salariales, el horario, el trabajo a turnos, las horas extra… Es decir, convierte en papel mojado las estipulaciones de los convenios colectivos que antes establecían unas garantías mínimas y habían sido negociados en ámbitos superiores.
De igual manera, facilita enormemente el “descuelgue” de los convenios colectivos –incluido, en su caso, los de empresa- en caso de disminución de ventas o de ingresos durante dos trimestres consecutivos. Este descuelgue, claro está, supone la posibilidad de inaplicar las condiciones establecidas en convenio. La última palabra para decidir este descuelgue se otorga a un organismo público, la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, atropellando de este modo la voluntad de las partes y, en concreto, de los trabajadores.
Por demás, para completar este marco desregulador, se elimina la ultra actividad de los convenios, o lo que es lo mismo: en caso de denuncia de un convenio, si en dos años no se llega a un acuerdo, tal convenio deja de existir y de ser aplicable. La patronal no tiene más que armarse de paciencia, enrocarse en sus posturas y esperar: las condiciones de trabajo se irán deteriorando por el mero paso del tiempo.
En tercer lugar, se rebaja la indemnización por despido improcedente a 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Anteriormente, recordemos, era de 45 días y hasta 42 mensualidades. Esta reforma opera, a partir de ahora, también para los contratos celebrados antes de la reforma (es parcialmente retroactiva). Sin embargo, esta rebaja, que ya de por sí resultaría escandalosa, es mucho más grave de lo que parece, por cuanto la norma permite despedir con una indemnización de 20 días de salario por año de servicio y máximo de 12 mensualidades en caso de que exista una disminución de ventas o beneficios durante tres trimestres consecutivos. Un poco de maquillaje contable y ¡ya tenemos el despido con 20 días de indemnización! Esto queda reforzado, además, por el hecho de que se elimina la necesidad de autorización administrativa para proceder a un despido colectivo; y el mecanismo perverso se cierra mediante la enumeración de motivos tasados para impugnar ante el Juzgado de lo Social los efectos del despido colectivo.
En resumen: se abarata el despido para todos los trabajadores, que para muchos otros pasará a ser libre y gratuito, y se aniquila la negociación colectiva. Si bien la reforma contiene muchos otros cambios (y todos ellos a peor) estos son, a mi juicio, los más relevantes.
Este es el zarpazo que la patronal, a través del Gobierno, ha propinado a la clase trabajadora.
Y hoy más que nunca, la lucha es el único camino.
por Amador Cea, militante de Iniciativa Comunista
El pasado sábado 11 de febrero de 2012 se publicó la enésima reforma del ordenamiento laboral. Sin embargo, ésta es diferente de todas las anteriores: y es que supone, sin duda, el mayor ataque contra los derechos de los trabajadores que se ha producido en el Estado español jamás. No es una reforma, no. Es una demolición. Es la voladura, la destrucción, de algunos de los pilares básicos que, desde hace tiempo, inspiran nuestro Derecho del Trabajo.
Pero, ¿cuáles son estos aspectos, tan dañinos, que contiene la nueva normativa? Intentaré, de forma sintética, expresar los más importantes a continuación.
Primeramente, se crea un nuevo contrato, denominado “contrato de trabajo de apoyo a los emprendedores”. Tan rimbombante nombre significa, entre otras cosas, que las empresas de menos de cincuenta trabajadores pueden celebrar contratos que tienen un período de prueba de un año en todo caso. Esto supone, en la práctica, la instauración del despido libre (es decir, sin causa) y sin indemnización en la pequeña y mediana empresa. En otras palabras: la negación de herramientas al trabajador para resistir o denunciar los abusos empresariales. “Esto es lo que hay: lo tomas o lo dejas”, será la frase que a partir de ahora oiremos más que nunca.
En segundo lugar, el zarpazo patronal golpea duramente la negociación colectiva. Se establece “ex lege” la prioridad aplicativa absoluta de los convenios colectivos de empresa sobre los convenios colectivos sectoriales, o de ámbito estatal o de Comunidad Autónoma. Esta prioridad se predica en materias tan relevantes como el salario base, los complementos salariales, el horario, el trabajo a turnos, las horas extra… Es decir, convierte en papel mojado las estipulaciones de los convenios colectivos que antes establecían unas garantías mínimas y habían sido negociados en ámbitos superiores.
De igual manera, facilita enormemente el “descuelgue” de los convenios colectivos –incluido, en su caso, los de empresa- en caso de disminución de ventas o de ingresos durante dos trimestres consecutivos. Este descuelgue, claro está, supone la posibilidad de inaplicar las condiciones establecidas en convenio. La última palabra para decidir este descuelgue se otorga a un organismo público, la Comisión Consultiva Nacional de Convenios Colectivos, atropellando de este modo la voluntad de las partes y, en concreto, de los trabajadores.
Por demás, para completar este marco desregulador, se elimina la ultra actividad de los convenios, o lo que es lo mismo: en caso de denuncia de un convenio, si en dos años no se llega a un acuerdo, tal convenio deja de existir y de ser aplicable. La patronal no tiene más que armarse de paciencia, enrocarse en sus posturas y esperar: las condiciones de trabajo se irán deteriorando por el mero paso del tiempo.
En tercer lugar, se rebaja la indemnización por despido improcedente a 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades. Anteriormente, recordemos, era de 45 días y hasta 42 mensualidades. Esta reforma opera, a partir de ahora, también para los contratos celebrados antes de la reforma (es parcialmente retroactiva). Sin embargo, esta rebaja, que ya de por sí resultaría escandalosa, es mucho más grave de lo que parece, por cuanto la norma permite despedir con una indemnización de 20 días de salario por año de servicio y máximo de 12 mensualidades en caso de que exista una disminución de ventas o beneficios durante tres trimestres consecutivos. Un poco de maquillaje contable y ¡ya tenemos el despido con 20 días de indemnización! Esto queda reforzado, además, por el hecho de que se elimina la necesidad de autorización administrativa para proceder a un despido colectivo; y el mecanismo perverso se cierra mediante la enumeración de motivos tasados para impugnar ante el Juzgado de lo Social los efectos del despido colectivo.
En resumen: se abarata el despido para todos los trabajadores, que para muchos otros pasará a ser libre y gratuito, y se aniquila la negociación colectiva. Si bien la reforma contiene muchos otros cambios (y todos ellos a peor) estos son, a mi juicio, los más relevantes.
Este es el zarpazo que la patronal, a través del Gobierno, ha propinado a la clase trabajadora.
Y hoy más que nunca, la lucha es el único camino.
Linzhe- Novato/a rojo/a
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Hola,
Dejo aquí el panfleto de un seminario impartido a empresarios acerca de la Reforma Laboral y de cómo sacarle provecho a la misma.
Me hace mucha gracia, porque resalta los mismos puntos que puede resaltar cualquier organización anticapitalista, pero exactamente en el sentido contrario:
https://docs.google.com/viewer?url=http://www.larepublica.es/wp-content/uploads/2012/02/saquepartidoalareformalaboral1.pdf&pli=1
Lo he sacado de aquí: http://rebelion.org/noticia.php?id=147360
Un saludo
Dejo aquí el panfleto de un seminario impartido a empresarios acerca de la Reforma Laboral y de cómo sacarle provecho a la misma.
Me hace mucha gracia, porque resalta los mismos puntos que puede resaltar cualquier organización anticapitalista, pero exactamente en el sentido contrario:
https://docs.google.com/viewer?url=http://www.larepublica.es/wp-content/uploads/2012/02/saquepartidoalareformalaboral1.pdf&pli=1
Lo he sacado de aquí: http://rebelion.org/noticia.php?id=147360
Un saludo
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