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    (CTA SEVILLA-CSC) Sobre la caducidad del Convenio TIC

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    Raúl Valdés Vivó
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    (CTA SEVILLA-CSC) Sobre la caducidad del Convenio TIC Empty (CTA SEVILLA-CSC) Sobre la caducidad del Convenio TIC

    Mensaje por Raúl Valdés Vivó Miér Abr 10, 2013 9:39 pm

    En estos días los trabajadores del sector TIC estamos recibiendo una campaña ‘informativa’ de los sindicatos subvencionados por el Estado, COMFIA-CCOO y FES-UGT, por la que nos trasladan que “el convenio podría morir el próximo día 7 de julio de 2013” y que ello implicaría que “Cuando ya no aplique el convenio las contrataciones podrán realizarse a partir del Salario Mínimo Interprofesional (SMI): 645 euros/mes, y no existirá ninguna regulación sobre jornada, conciliación, vacaciones, complementos de baja por enfermedad, etc.”.

    ¿Pero es verdad esto que señalan los sindicatos FES-UGT y COMFIA-CCOO?Rotundamente debemos decir que NO, nos están engañando nuevamente.

    ¿En qué nos basamos para afirmar esto?

    El pasado 8 de julio de 2012 entró en vigor la Reforma Laboral mediante la Ley 3/2012 en el que se incluye una modificación al art. 86 del Estatuto de los Trabajadores que habla de la vigencia de los convenios. En él se señala que “transcurrido un año desde la denuncia del convenio colectivo sin que se haya acordado un nuevo convenio o dictado un laudo arbitral, aquél perderá, salvo pacto en contrario, vigencia y se aplicará, si lo hubiere, el convenio colectivo de ámbito superior que fuera de aplicación”.
    - Nuestro convenio está denunciado desde el año 2010, y no tiene convenio de ámbito superior, pues el XVI Convenio de Consultoría es estatal.
    - Esta parte del art. 86 del ET no sería de aplicación en nuestro caso, ya que el propio precepto legal recoge la posibilidaddel Pacto en Contrario.
    - En el artículo 4 del Convenio, que nos deriva a los “términos del artículo 5”, se recoge que “denunciado el presente Convenio y hasta tanto no se logre acuerdo expreso, perderán vigencia sus cláusulas obligacionales y se mantendrá en vigor el contenido normativo del convenio”. Por lo que podemos entender que existe un Pacto en Contrario, contemplado en los artículos cuarto y quinto del Convenio, que permite que una parte del contenido del mismo se mantenga vigente pese a su denuncia y falta de acuerdo o laudo arbitral, vigencia que se mantendría tácita año tras año hasta que no haya otro convenio que sustituya al actual.
    - Entre el contenido normativo que seguiría vigente destacan las tablas salariales, jornada laboral, complementos salariales, etc.

    Pero… ¿por qué nos están mintiendo los sindicatos FES-UGT y COMFIA-CCOO?

    - Están abonando el terreno para una nueva traición, estando estos dos sindicatos dispuestos a firmar un convenio de mínimos en el que se reduzcan tablas salariales y permitir la absorción del concepto de antigüedad.
    - Patronal, CCOO y UGT necesitan firmar un convenio, por malo que sea, porque es una fuente de financiación para sus organizaciones además de proporcionarles representación en órganos por los que también recibirían remuneración.
    - CCOO y UGT conocen ya el convenio que van a firmar y saben que es una traición en toda regla y, consecuentemente, quieren crear un clima de desorden total de tal forma que, cuando firmen, puedan dar el discurso que llevan haciendo durante 30 años, hemos conseguido firmar lo menos malo y hemos salvado los muebles.

    Te aconsejamos que leas el documento adjunto para profundizar en dicha información ya que es de tu máximo interés.

    http://ctasadiel.files.wordpress.com/2013/04/sobre-la-caducidad-del-convenio.pdf

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