Doce años de política argentina
Silvio Frondizi
colección Socialismo y Libertad - El Sudamericano
original: Praxis, Buenos Aires 1958
►formato pdf - 127 páginas
https://mega.nz/file/grBWCLTD#hn-USVsx-Dm_xG7WPssP2HmUnCPypXw8NmEuHAQeVu8
El pueblo debe, efectivamente, asumir el contralor del Estado y debe hacerlo directamente, es decir eliminando en lo posible las instancias intermedias, que han tenido por objeto controlar, frenar y desvirtuar la voluntad popular.
Podemos indicar, en este breve esquema, tres principios fundamentales, dialécticamente relacionados, que tienden a afirmar dicha voluntad popular: autodeterminación de los pueblos, soberanía popular y democracia directa. Pueden ser explicados sintéticamente en ía siguiente forma: Al fundarse la soberanía en el pueblo, éste debe ejercer directamente la función de gobierno como regla general; delegando como excepción en representantes, aquellas funciones que no pueden ser realizadas directamente. De aquí que la primera medida que debe tomarse en la reforma constitucional es la derogación del artículo 22 que dice: “El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución. Toda fuerza armada o reunión de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de éste, comete delito de sedición”, artículo que como lo he indicado tiene como única finalidad el escamoteo de la voluntad popular realizado por la representación burguesa.
Silvio Frondizi
colección Socialismo y Libertad - El Sudamericano
original: Praxis, Buenos Aires 1958
►formato pdf - 127 páginas
https://mega.nz/file/grBWCLTD#hn-USVsx-Dm_xG7WPssP2HmUnCPypXw8NmEuHAQeVu8
El pueblo debe, efectivamente, asumir el contralor del Estado y debe hacerlo directamente, es decir eliminando en lo posible las instancias intermedias, que han tenido por objeto controlar, frenar y desvirtuar la voluntad popular.
Podemos indicar, en este breve esquema, tres principios fundamentales, dialécticamente relacionados, que tienden a afirmar dicha voluntad popular: autodeterminación de los pueblos, soberanía popular y democracia directa. Pueden ser explicados sintéticamente en ía siguiente forma: Al fundarse la soberanía en el pueblo, éste debe ejercer directamente la función de gobierno como regla general; delegando como excepción en representantes, aquellas funciones que no pueden ser realizadas directamente. De aquí que la primera medida que debe tomarse en la reforma constitucional es la derogación del artículo 22 que dice: “El pueblo no delibera ni gobierna, sino por medio de sus representantes y autoridades creadas por esta Constitución. Toda fuerza armada o reunión de personas que se atribuya los derechos del pueblo y peticione a nombre de éste, comete delito de sedición”, artículo que como lo he indicado tiene como única finalidad el escamoteo de la voluntad popular realizado por la representación burguesa.