EUSKAL HERRIA
La propuesta para alterar el censo hace prever una tormenta política
Si la posibilidad de conceder el derecho a voto en Euskal Herria a las personas que salieron aduciendo amenazas ya había suscitado controversia, el intento de abrir la reforma del censo a todos quienes se hayan marchado por la razón que sea hace prever una enorme tormenta política.
El ponente justifica su sorprendente propuesta en «la dificultad de probar las razones que llevaron al abandono del domicilio en el País Vasco».
Una vez realizado el cambio para votar en el último domicilio acreditado en Euskal Herria, esto afectaría a todas las elecciones y no se contempla la posibilidad del doble voto en dos lugares.
La realidad ha vuelto a superar a la más alucinante de las ficciones. Ya ni siquiera será necesario ser un «exiliado» por la amenaza de ETA para poder votar en Araba, Bizkaia, Gipuzkoa y Nafarroa viviendo fuera. Bastaría con que cualquier persona que haya residido un tiempo en estos territorios y quiera en adelante ejercer aquí su derecho a voto pase por la Oficina del Censo Electoral cuando se abra el plazo y lo solicite.
Esta es la propuesta que defiende la ponencia encargada por el Ministerio de Interior al profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid y letrado de las Cortes Generales Fabio Pasqua y cuyos principales extractos difundió en la tarde de ayer la agencia Europa Press.
La ponencia fue repartida entre los expertos convocados en la sede del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, un órgano dependiente del Ministerio de Presidencia, con el objeto de participar en su seminario organizado por Interior con el nombre de ‘Residencia y Derecho de Sufragio. Análisis del caso vasco’.
La mayoría de los invitados son de la órbita política del PP y asociaciones como el Foro Ermua. La nota de agencia añadía que el ponente recibió las felicitaciones casi unánimes del grupo de veinte teóricos reunidos al efecto.
Según señala Pasqua, se trata de «una reforma razonablemente practicable, esto es, sin modificar ni la Constitución ni los Estatutos de las dos comunidades autónomas afectadas y limitándose a una alteración de preceptos concretos de la LOREG». El PP dispone de la mayoría suficiente para sacar adelante esta reforma en solitario.
Basta haber estado censado
Para acogerse a la posibilidad de votar en Euskal Herria no sería necesario probar que quien lo solicite dejó el territorio por la amenaza de ETA o cualquier otra razón relacionada. Podrán beneficiarse «todos los electores que hayan estado avecindados en el País Vasco o Navarra y posteriormente se hayan desplazado a otra parte del territorio nacional» antes de la entrada en vigor de la reforma.
Lo que sí contemplaría es la «exigencia de una cierta estabilidad en la domiciliación» en Hego Euskal Herria, fijando «como requisito que esta se haya mantenido durante un número mínimo de años».
El ponente justifica su sorprendente propuesta en «la dificultad de probar las razones que llevaron al abandono del domicilio en el País Vasco, así como por imperativos constitucionales derivados del derecho a no responder sobre la propia ideología, religión o creencias».
En un plazo cerrado
Si esta reforma de la Ley Electoral saliera adelante, se abriría un plazo de «entre tres y seis meses» para que las personas que quisieran pudieran acogerse «por una sola vez» a este cambio, para pasar a estar censados en su último domicilio de Araba, Bizkaia, Gipuzkoa o Nafarroa.
Una vez realizado el cambio para votar en el último domicilio acreditado en Euskal Herria, esto afectaría a todas las elecciones y no se contempla la posibilidad del doble voto en dos lugares.
La propuesta para alterar el censo hace prever una tormenta política
Si la posibilidad de conceder el derecho a voto en Euskal Herria a las personas que salieron aduciendo amenazas ya había suscitado controversia, el intento de abrir la reforma del censo a todos quienes se hayan marchado por la razón que sea hace prever una enorme tormenta política.
El ponente justifica su sorprendente propuesta en «la dificultad de probar las razones que llevaron al abandono del domicilio en el País Vasco».
Una vez realizado el cambio para votar en el último domicilio acreditado en Euskal Herria, esto afectaría a todas las elecciones y no se contempla la posibilidad del doble voto en dos lugares.
La realidad ha vuelto a superar a la más alucinante de las ficciones. Ya ni siquiera será necesario ser un «exiliado» por la amenaza de ETA para poder votar en Araba, Bizkaia, Gipuzkoa y Nafarroa viviendo fuera. Bastaría con que cualquier persona que haya residido un tiempo en estos territorios y quiera en adelante ejercer aquí su derecho a voto pase por la Oficina del Censo Electoral cuando se abra el plazo y lo solicite.
Esta es la propuesta que defiende la ponencia encargada por el Ministerio de Interior al profesor titular de Derecho Administrativo de la Universidad Complutense de Madrid y letrado de las Cortes Generales Fabio Pasqua y cuyos principales extractos difundió en la tarde de ayer la agencia Europa Press.
La ponencia fue repartida entre los expertos convocados en la sede del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, un órgano dependiente del Ministerio de Presidencia, con el objeto de participar en su seminario organizado por Interior con el nombre de ‘Residencia y Derecho de Sufragio. Análisis del caso vasco’.
La mayoría de los invitados son de la órbita política del PP y asociaciones como el Foro Ermua. La nota de agencia añadía que el ponente recibió las felicitaciones casi unánimes del grupo de veinte teóricos reunidos al efecto.
Según señala Pasqua, se trata de «una reforma razonablemente practicable, esto es, sin modificar ni la Constitución ni los Estatutos de las dos comunidades autónomas afectadas y limitándose a una alteración de preceptos concretos de la LOREG». El PP dispone de la mayoría suficiente para sacar adelante esta reforma en solitario.
Basta haber estado censado
Para acogerse a la posibilidad de votar en Euskal Herria no sería necesario probar que quien lo solicite dejó el territorio por la amenaza de ETA o cualquier otra razón relacionada. Podrán beneficiarse «todos los electores que hayan estado avecindados en el País Vasco o Navarra y posteriormente se hayan desplazado a otra parte del territorio nacional» antes de la entrada en vigor de la reforma.
Lo que sí contemplaría es la «exigencia de una cierta estabilidad en la domiciliación» en Hego Euskal Herria, fijando «como requisito que esta se haya mantenido durante un número mínimo de años».
El ponente justifica su sorprendente propuesta en «la dificultad de probar las razones que llevaron al abandono del domicilio en el País Vasco, así como por imperativos constitucionales derivados del derecho a no responder sobre la propia ideología, religión o creencias».
En un plazo cerrado
Si esta reforma de la Ley Electoral saliera adelante, se abriría un plazo de «entre tres y seis meses» para que las personas que quisieran pudieran acogerse «por una sola vez» a este cambio, para pasar a estar censados en su último domicilio de Araba, Bizkaia, Gipuzkoa o Nafarroa.
Una vez realizado el cambio para votar en el último domicilio acreditado en Euskal Herria, esto afectaría a todas las elecciones y no se contempla la posibilidad del doble voto en dos lugares.