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    La Audiencia Nacional anula la orden que regula el canon digital

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    La Audiencia Nacional anula la orden que regula el canon digital Empty La Audiencia Nacional anula la orden que regula el canon digital

    Mensaje por caos-emergente.blogspot Jue Mar 24, 2011 12:21 pm

    La Audiencia Nacional ha declarado nula la orden ministerial sobre el canon digital que regula desde 2008 los soportes digitales sujetos al pago de esta tasa por copia privada y las cuantías en cada uno de ellos. En su resolución, la sala de lo Contencioso-Administrativo justifica su decisión diciendo que la orden ministerial que lo regula es un reglamento y que, por tanto, su aprobación, requeriría determinados trámites relativos a memorias justificativa y económica y un dictamen del Consejo de Estado que no se hicieron.

    El canon digital pretende compensar a los autores por los ingresos de dejan de percibir cuando se hace una copia de su obra, y por eso grava los soportes susceptibles de almacenar cualquier tipo de creación. La Audiencia entiende así que la orden necesitaba unos trámites que no se han cumplido para su aprobación argumentando que está afectada de un vicio radical y debe ser anulada. Anula así la orden por defectos formales y de procedimiento.

    La Sala de lo Contencioso añade además que rechaza la pretensión de que se devuelva lo recaudado a través del canon, al entender que no es competente para acordarlo.

    Recurso ante la Audiencia Nacional

    La Asociación de Internautas recurrió en julio de 2008 ante la Audiencia Nacional la orden del Gobierno que regula el canon digital, al entender que esta medida "es contraria a varios artículos de la Ley de Propiedad Intelectual (LPI) y de la Constitución Española". En el recurso que presentado, la AI apuntaban a que esta tarifa supone "una vulneración de los artículos 25 y 31 de la LPI, referidos a la compensación equitativa por copia privada y reproducciones provisionales".

    Además, acusaban a que "la cuantía del procedimiento es indeterminada, ya que su objeto se refiere a una situación de hecho en la que los datos de base para un cálculo mínimamente razonable son del todo inaccesibles para esta parte". El canon digital comenzó a aplicarse el 1 de julio de 2008, con la entrada en vigor de la normativa por la que se regulan los soportes digitales sujetos al pago del canon por copia privada. Esta medida afecta a equipos, aparatos y soportes de reproducción digitales, como CD, DVD, MP3, MP4 y teléfonos móviles, entre otros.

    Tasa controvertida
    ¿Qué es el canon digital?

    Es la tasa que se aplica sobre equipos y soportes electrónicos de uso masivo como móviles, MP3 y MP4, memorias USB, CDs, DVDs o discos duros externos para compensar los derechos de propiedad intelectual que los creadores dejan de percibir por la práctica de la copia privada.

    ¿Tasa o impuesto?

    El canon no es un impuesto, ya que no se cobra directamente al ciudadano sino a los fabricantes e importadores de equipos y soportes para la reproducción de obras, así como a los sucesivos adquirientes en la cadena de distribución. Sin embargo, en la práctica, esta tasa, que debe ir desglosada en las facturas, acaba siendo un impuesto indirecto al elevar el precio final del producto.

    ¿Quién decide las tarifas del canon?

    Los ministerios de Cultura e Industria fijan los soportes y equipos a los que afecta el canon, así como la tarifa correspondiente en cada uno de ellos. Las tasas fueron fijadas el 18 de diciembre de 2007 y entraron en vigor el 1 de julio de 2008.

    ¿Cuáles son los soportes obligados a pagar el canon y cuáles son sus tarifas?

    El Boletín Oficial del Estado establece las siguiente clasificación: Soporte CD-R (0,17 euros). Soporte CD-RW (0,22 euros). Soporte DVD-R (0,44 euros). Soporte DVD-RW (0,60 euros). Grabadora CD (0,60 euros). Grabadora CD+DVD (3,40 euros). Memoria USB (0,30 euros). Teléfonos móviles/PDA MP3 (1,10 euros). MP3 y MP4 (3,15 euros). Discos duros, integrados o no en equipos, o U Autónoma Almac (12 euros). Fotocopiadoras, dependiendo de la velocidad: entre 13 € y 227 € (tarifa ésta para copiadoras que sobrepasan las 70 copias/minuto). MF Inyección Tinta (7,95 euros). MF Láser (10 euros). Escáner (9 euros).

    ¿A dónde va el dinero del canon?

    Aunque los artistas son el objeto último de beneficio de este canon, son las sociedades de gestión de derechos de autor las que administran el cobro del mismo. En España, son ocho las entidades de este tipo: Sociedad General de Autores y Editores (SGAE), Entidad de Gestión de Derechos de los Productores Audiovisuales (EGEDA), Centro Español de Derechos Reprográficos (CEDRO), Asociación de Gestión de Derechos Intelectuales (AGEDI), Artistas Intérpretes o Ejecutantes, Sociedad de Gestión de España (AIE), Visual, Entidad de Gestión de Artistas Plásticos (VEGAP), Artistas Intérpretes, Sociedad de Gestión (AISGE), y Asociación Derechos de Autor de Medios Audiovisuales (DAMA).

    ¿Cuánto se recauda?

    Aunque las previsiones de los detractores del canon calculaban que la recaudación ascendería a los 1.200 millones de euros, las entidades de gestión ingresaron 100,2 millones de euros el año pasado, mientras que en 2008 el canon digital supuso 83,3 millones de euros.

    Fuente: http://www.publico.es/culturas/367830/la-audiencia-nacional-anula-la-orden-que-regula-el-canon-digital

    Supongo que los fabricante y distribuidores soliciten la devolución de las cantidades indebidamente cobradas. Sin embargo los ciudadanos de a pie, no tendremos derecho a nada, porque el canon no nos lo cobraban a nosotros directamente.
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    Mensaje por espartanoking Jue Mar 24, 2011 10:27 pm

    Si he oido tambien esta noticia....... me la tomo como un 1 paso a algo mas por ahora como tu bien dices la gente de a pie seguiremos paragando el canon una lastima y si ellos creen que defender la cultura es asi creo que la estan cagando y mucho desde hace años ya

    :hoz: :sovflag:

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