AskeTaLibre parece que eres todo un experto sobre historia del Tibet, anda deléitanos a todo el foro sobre la opresión de la cultura tibetana, que me descojono.
El "gobierno" en el exilio del Tibet no es más que la pantomima que la CIA montó con el triunfo de la revolución China tras el vacío de poder del colonialismo europeo. El Tibet sólo fue "independendiente" bajo el paraguas del imperialismo europeo y en especial de la Alemania Nazi, de la misma forma que los fascistas chinos mantienen en Taiwan desde el final de la II GM la "república China" de forma formal defendida con el poder militar yanki.
La cultura tibetana más allá de los templos nunca ha existido, más que nada porque la teocracia lamaista tenía sumida al 90% de la población en un régimen esclavista donde los siervos eran propiedad del amo y donde como te podrás imaginar la cultura no era algo generalizado. El ejército popular liberó el Tibet junto con los demás territorios de China, entre otras cosas porque el Tibet tiene miles de años de unión con China. El ejército popular liberó al campesinado tibetano y entre otras cosas les dio los medios para mantener y propagar su cultura, saber leer, escribir y esas cosas banales que el bueno del Dalai Lama prefería sustituir por las mutilaciones. La producción literaria y cultural tibetana no ha tenido parangón en otro momento histórico, más que nada porque antes estaba reservada a un 10% de la población.
China es un gran estado donde confluyen 56 naciones desde tiempos milenarios, las naciones minoritarias, como la tibetana gozan de una autonomía especial y leyes especiales de protección de su cultura, folclore tradiciones y demás historias. El partido comunista chino está formado también por tibetanos, y las administraciones tibetanas también.
Si tus fuentes se basan en las películas capitalistas pues bien vamos, la realidad es que la población tibetana abrazó la revolución y participó en la expropiación a sus antiguos amos.
De la constitución de la República Popular China:
Articulo 4o..- Todas las nacionalidades de la Republica Popular
China gozan de iguales derechos. El Estado garantiza los derechos e
intereses legitimos de las minorias nacionales y salvaguarda y
desarrolla las relaciones de igualdad, unidad y ayuda reciproca entre
las diversas nacionalidades. Queda prohibida toda discriminacion u
opresion contra cualquier nacionalidad, asi como todo acto que quebrante
la unidad entre las nacionalidades o provoque la escision entre ellas.
Conforme a las peculiaridades y necesidades de cada minoria
nacional, el Estado ayuda a las zonas de minorias nacionales a acelerar
su desarrollo economico y cultural.
En toda zona donde alguna minoria nacional viva en compacta
comunidad se aplica la autonomia regional y se establecen organismos
autonomicos para ejercer los derechos autonomos. Las zonas de
autonomia nacional constituyen parte inseparable de la Republica
Popular China.
Todas las nacionalidades gozan de la libertad de emplear y
desarrollar sus propias lenguas orales y escritas y de la libertad de
conservar o reformar sus costumbres y practicas tradicionales.
ORGANISMOS AUTONOMICOS DE LAS
ZONAS DE AUTONOMIA NACIONAL
Articulo 112o..- Los organismos autonomicos de las zonas de
autonomia nacional son las asambleas populares y los gobiernos
populares de las regiones autonomas, prefecturas autonomas y distritos
autonomos.
Articulo 113o..- En las asambleas populares de las regiones
autonomas, prefecturas autonomas y distritos autonomos deben estar
representadas en numero apropiado, ademas de la nacionalidad o
nacionalidades que ejercen la autonomia regional en su zona, las otras
nacionalidades que habiten en la zona.
Es preciso que los cargos de presidente o vicepresidente de los
comites permanentes de las asambleas populares de las regiones
autonomas, prefecturas autonomas y distritos autonomos correspondan a
ciudadanos de la nacionalidad o nacionalidades que ejercen la autonomia
regional en su zona.
Articulo 114o..- Es preciso que los cargos de presidente de region
autonoma, prefecto de prefectura autonoma y jefe de distrito autonomo
correspondan a ciudadanos de la nacionalidad o nacionalidades que
ejercen la autonomia regional en su zona.
Articulo 115o..- Los organismos autonomicos de las regiones
autonomas, prefecturas autonomas y distritos autonomos ejercen las
atribuciones de los organismos locales del Estado especificadas en el
apartado 5 del capitulo III de la presente Constitucion y, a la vez,
ejercen sus derechos autonomos dentro de los limites de su competencia
establecidos por la Constitucion, la ley de autonomia regional de las
minorias nacionales y otras leyes; y, teniendo en cuenta las condiciones
especificas de cada localidad, ponen en practica las leyes y politicas del
Estado.
Articulo 116o..- Las asambleas populares de las zonas de autonomia
nacional tienen derecho a elaborar estatutos de autonomia y otros
estatutos especificos de conformidad con las particularidades politicas,
economicas y culturales de la nacionalidad o nacionalidades que viven en
la zona. Los estatutos de autonomia y otros especificos de las regiones
autonomas, antes de entrar en vigencia, deben ser ratificados por el
Comite Permanente de la Asamblea Popular Nacional. Los estatutos de
autonomia y los demas estatutos especificos de las prefecturas
autonomas y de los distritos autonomos, antes de entrar en vigencia,
deben ser ratificados por el comite permanente de la asamblea popular de
la provincia o de la region autonoma correspondiente, y deben ser
puestos en conocimiento del Comite Permanente de la Asamblea Popular
Nacional para su registro correspondiente.
Articulo 117o..- Los organismos autonomicos de las zonas de
autonomia nacional tienen autonomia para administrar las finanzas
locales. Aquella parte de la renta publica que corresponde a las zonas de
autonomia nacional segun el sistema financiero del Estado, esta a libre
disposicion de los organismos autonomicos de las zonas de autonomia
nacional.
Articulo 118o..- Los organismos autonomicos de las zonas de
autonomia nacional disponen y administran independientemente la
construccion economica de la localidad guiandose por los planes
estatales.
El Estado, al explotar los recursos naturales y construir empresas
en las zonas de autonomia nacional, debe tomar en consideracion los
intereses de estas.
Articulo 119o..- Los organismos autonomicos de las zonas de
autonomia nacional administran independientemente la educacion,
ciencia, cultura, salud publica y cultura fisica de sus respectivas
zonas, restauran y protegen el patrimonio cultural de la nacionalidad en
cuestion, y trabajan por que se desarrolle y prospere la cultura de esa
nacionalidad.
Articulo 120o..- Los organismos autonomicos de las zonas de
autonomia nacional pueden organizar, conforme al sistema militar del
Estado y a las necesidades reales de sus propias zonas, las fuerzas
locales de seguridad publica para mantener el orden publico, previa
autorizacion del Consejo de Estado.
Articulo 121o..- Los organismos autonomicos de las zonas de
autonomia nacional, en el ejercicio de sus funciones, emplean la lengua o
las lenguas usualmente habladas o escritas en sus respectivas zonas
segun lo estipulado por los estatutos de autonomia de las zonas de
autonomia nacional.
Articulo 122o..- El Estado presta asistencia financiera material y
tecnica a las minorias nacionales para acelerar su desarrollo economico
y cultural.
El Estado ayuda a las zonas de autonomia nacional a preparar gran
numero de cuadros de diversos niveles y toda clase de personas
especializadas y obreros tecnicos pertenecientes a las nacionalidades
de esas zonas.