Junto a un grupo de 4 amigos 5 si me incluyo estamos creando una pequeña organización comunista en cantabria, por ahora solo somos simpatizantes del pce(m-l), pero tenemos grandes planes de futuro y muchas ganas. El tema es que el delegado de mi clase forma parte de mi grupo y le pedí que hiciera todo lo posible para crear un consejo de estudiantes en nuestro instituto, de esta forma podríamos centrar mas la lucha estudiantil y concienciar a nuestros compañeros de clase. El delegado hablo con el jefe de delegados para crear un consejo de estudiantes, este acepto y acordaron hablar con la jefatura de estudios, el problema surge porque las 2 jefas de estudio de manera personal nos dijeron literalmente que no las daba la gana permitirnos crear un consejo de estudiantes(ellas no saben nada de nuestra organización). Quería preguntaros a vosotros, ya que no encontré información en google si era legal que por la voluntad personal de las jefas de estudios no podamos organizar la lucha de los estudiantes y que podemos hacer para crearlo aunque el centro no nos lo quiera permitir. La constitución habla sobre esto o algo así?, si es así iré a denunciarlo a la policía. Por si sirve de algo comunico que estamos en 4 de la eso.
Nos prohíben crear un consejo de estudiantes.
namregpxp- Gran camarada
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Nos prohíben crear un consejo de estudiantes.
Galin- Revolucionario/a
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Esas cosas si que son legales hacerlas,en mi istituo hicieron una asociacion de estudiantes, no de caracter comunista, sol de izquierdas. Yo lo que te recomiendo es que esperes que un camarada que sepa mas del tema te respionda y lo que si te digo es que hableis con el director del centro o secretaria,pero ya el director y de paso pidele informacion.
Saludos y lode 4 de eso no es problema, a partir de 3 de eso os estudiantes tienen derecho de vaga y asociacion
Saludos y lode 4 de eso no es problema, a partir de 3 de eso os estudiantes tienen derecho de vaga y asociacion
Boikot- Camarada
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Hola compañero, pues tengo entendido que la ley contempla derechos de asociación y de reunión. He encontrado esto, pero creo haber leido más aparte:
5. Al artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 julio, reguladora del Derecho a la Educación, se le añade
un nuevo párrafo con la siguiente redacción:
«A fin de estimular el ejercicio efectivo de la participación
de los alumnos en los centros educativos y facilitar
su derecho de reunión, los centros educativos establecerán,
al elaborar sus normas de organización y funcionamiento,
las condiciones en las que sus alumnos pueden
ejercer este derecho. En los términos que establezcan Administraciones educativas, las decisiones colectivas
que adopten los alumnos, a partir del tercer curso de educación secundaria obligatoria, con respecto a la asistencia
a clase no tendrán la consideración de faltas conducta ni serán objeto de sanción, cuando éstas hayan
sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean
comunicadas previamente a la dirección del centro.»
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EDITO
Aquí hay más:
Artículo 7
1. Los alumnos podrán asociarse, en función de su edad, creando organizaciones de acuerdo con la Ley y con las normas que, en su caso, reglamentariamente se establezcan.
2. Las asociaciones de alumnos asumirán, entre otras, las siguientes finalidades:
a) Expresar la opinión de los alumnos en todo aquello que afecte a su situación en los centros.
b) Colaborar en la labor educativa de los centros y en las actividades complementarias y extraescolares de los mismos.
c) Promover la participación de los alumnos en los órganos colegiados del centro.
d) Realizar actividades culturales, deportivas y de fomento de la acción cooperativa y de trabajo en equipo.
e) ...
Ir a Norma modificadora Letra e) del número 2 del artículo 7 derogado por el número 3 de la disposición derogatoria única de la L.O. 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación («B.O.E.» 24 diciembre).Vigencia: 13 enero 2003
3. Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio del derecho de asociación de los alumnos, así como la formación de federaciones y confederaciones.
Ir a Norma modificadora Número 3 del artículo 7 introducido por el número 4 de la disposición final primera de la L.O. 2/2006, de 3 de mayo, de Educación («B.O.E.» 4 mayo).Vigencia: 24 mayo 2006
Artículo 8
Se garantiza en los centros docentes el derecho de reunión de los profesores, personal de administración y de servicios, padres de alumnos y alumnos, cuyo ejercicio se facilitará de acuerdo con la legislación vigente y teniendo en cuenta el normal desarrollo de las actividades docentes.
A fin de estimular el ejercicio efectivo de la participación de los alumnos en los centros educativos y facilitar su derecho de reunión, los centros educativos establecerán, al elaborar sus normas de organización y funcionamiento, las condiciones en las que sus alumnos pueden ejercer este derecho. En los términos que establezcan las Administraciones educativas, las decisiones colectivas que adopten los alumnos, a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria, con respecto a la asistencia a clase no tendrán la consideración de faltas de conducta ni serán objeto de sanción, cuando éstas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro.
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«3. Las Administraciones educativas favorecerán
el ejercicio del derecho de asociación de los alumnos,
así como la formación de federaciones y confederaciones.»
el ejercicio del derecho de asociación de los alumnos,
así como la formación de federaciones y confederaciones.»
5. Al artículo 8 de la Ley Orgánica 8/1985, de 3 julio, reguladora del Derecho a la Educación, se le añade
un nuevo párrafo con la siguiente redacción:
«A fin de estimular el ejercicio efectivo de la participación
de los alumnos en los centros educativos y facilitar
su derecho de reunión, los centros educativos establecerán,
al elaborar sus normas de organización y funcionamiento,
las condiciones en las que sus alumnos pueden
ejercer este derecho. En los términos que establezcan Administraciones educativas, las decisiones colectivas
que adopten los alumnos, a partir del tercer curso de educación secundaria obligatoria, con respecto a la asistencia
a clase no tendrán la consideración de faltas conducta ni serán objeto de sanción, cuando éstas hayan
sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean
comunicadas previamente a la dirección del centro.»
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EDITO
Aquí hay más:
Artículo 7
1. Los alumnos podrán asociarse, en función de su edad, creando organizaciones de acuerdo con la Ley y con las normas que, en su caso, reglamentariamente se establezcan.
2. Las asociaciones de alumnos asumirán, entre otras, las siguientes finalidades:
a) Expresar la opinión de los alumnos en todo aquello que afecte a su situación en los centros.
b) Colaborar en la labor educativa de los centros y en las actividades complementarias y extraescolares de los mismos.
c) Promover la participación de los alumnos en los órganos colegiados del centro.
d) Realizar actividades culturales, deportivas y de fomento de la acción cooperativa y de trabajo en equipo.
e) ...
Ir a Norma modificadora Letra e) del número 2 del artículo 7 derogado por el número 3 de la disposición derogatoria única de la L.O. 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación («B.O.E.» 24 diciembre).Vigencia: 13 enero 2003
3. Las Administraciones educativas favorecerán el ejercicio del derecho de asociación de los alumnos, así como la formación de federaciones y confederaciones.
Ir a Norma modificadora Número 3 del artículo 7 introducido por el número 4 de la disposición final primera de la L.O. 2/2006, de 3 de mayo, de Educación («B.O.E.» 4 mayo).Vigencia: 24 mayo 2006
Artículo 8
Se garantiza en los centros docentes el derecho de reunión de los profesores, personal de administración y de servicios, padres de alumnos y alumnos, cuyo ejercicio se facilitará de acuerdo con la legislación vigente y teniendo en cuenta el normal desarrollo de las actividades docentes.
A fin de estimular el ejercicio efectivo de la participación de los alumnos en los centros educativos y facilitar su derecho de reunión, los centros educativos establecerán, al elaborar sus normas de organización y funcionamiento, las condiciones en las que sus alumnos pueden ejercer este derecho. En los términos que establezcan las Administraciones educativas, las decisiones colectivas que adopten los alumnos, a partir del tercer curso de la educación secundaria obligatoria, con respecto a la asistencia a clase no tendrán la consideración de faltas de conducta ni serán objeto de sanción, cuando éstas hayan sido resultado del ejercicio del derecho de reunión y sean comunicadas previamente a la dirección del centro.
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HastaLaVictoriaSiempre- Gran camarada
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Cuando tengas noticias avisa!
Jechu- Revolucionario/a
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Compañero, en principio y tirando tan solo de constitución, el derecho de reunión y asociación es un derecho fundamental, con lo que tenéis todo el derecho del mundo de poder organizaros. Otra cosa bien distinta es que queráis dar carácter "oficial" al asunto y queráis ir por el cauce institucional.
En este último caso mi consejo sería una asociación como tal que podéis llamar como queráis y así poder hacer presión a las jefas de estudios.
Otra opción es hacerlo por escrito y que os respondan también por escrito y además exigiendo los recursos administrativos a los que tenéis derecho para poder recurrirlos en tiempo y forma.
Pero ante todo tenéis que haceros las siguientes preguntas:
¿para qué os queréis constituir? ¿qué fines pretendéis perseguir? ¿es necesaria esa vía o podéis conseguir los fines mediante comités no constituidos en asociación reglada?
Si optáis por el sistema de asociación tipo, al final estaréis creando una estructura piramidal que ella sola os creará vuestro propio techo el cual va a ser muy difícil de romper (os lo digo por mis propias experiencias).
Espero haberte aclarado o al menos esbozado un poco las perspectivas que veo a ese problema. Pero al final, decidáis lo que decidáis intentad hacerlo de manera democrática (es decir por asamblea y luego todos a una), que si os equivocáis, al menos las cuentas os las dais a vosotros mismos.
Un saludo y sigo atentamente tu hilo.
En este último caso mi consejo sería una asociación como tal que podéis llamar como queráis y así poder hacer presión a las jefas de estudios.
Otra opción es hacerlo por escrito y que os respondan también por escrito y además exigiendo los recursos administrativos a los que tenéis derecho para poder recurrirlos en tiempo y forma.
Pero ante todo tenéis que haceros las siguientes preguntas:
¿para qué os queréis constituir? ¿qué fines pretendéis perseguir? ¿es necesaria esa vía o podéis conseguir los fines mediante comités no constituidos en asociación reglada?
Si optáis por el sistema de asociación tipo, al final estaréis creando una estructura piramidal que ella sola os creará vuestro propio techo el cual va a ser muy difícil de romper (os lo digo por mis propias experiencias).
Espero haberte aclarado o al menos esbozado un poco las perspectivas que veo a ese problema. Pero al final, decidáis lo que decidáis intentad hacerlo de manera democrática (es decir por asamblea y luego todos a una), que si os equivocáis, al menos las cuentas os las dais a vosotros mismos.
Un saludo y sigo atentamente tu hilo.
Habeas_Corpus- Miembro del Soviet
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Para empezar, hay que diferenciar entre Consejo de Estudiantes y Asociación de Estudiantes o sindicato estudiantil.
Los consejos de estudiantes como tal,no existen. Existe un consejo escolar, que está formado por profesores, padres-madres alumnos y personal no docente del centro.
En este primero los estudiantes tienen representatividad, eligiendo al número de alumnos asignados para dicho consejo y defender sus derechos.
Por otra parte está el sindicato o la asociación. En este caso SE TIENE DERECHO, a formar en cualquier centro de estudios público, una asociación o sindicato estudiantil.
No me gusta dirigirte allí, pero te tengo que pasar la web del amarillo Sindicato de Estudiantes, porque en su web viene info de los derechos que asisten para tal efecto y como montar un sindicato en un centro de enseñanza.
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Dependiendo de la comunidad y provincia que seas, pincha en ella y ahí tienes info para ello.
Los consejos de estudiantes como tal,no existen. Existe un consejo escolar, que está formado por profesores, padres-madres alumnos y personal no docente del centro.
En este primero los estudiantes tienen representatividad, eligiendo al número de alumnos asignados para dicho consejo y defender sus derechos.
Por otra parte está el sindicato o la asociación. En este caso SE TIENE DERECHO, a formar en cualquier centro de estudios público, una asociación o sindicato estudiantil.
No me gusta dirigirte allí, pero te tengo que pasar la web del amarillo Sindicato de Estudiantes, porque en su web viene info de los derechos que asisten para tal efecto y como montar un sindicato en un centro de enseñanza.
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stalingrado en la memoria- Miembro del Soviet
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Camarada "namregpxp", no permitas que una vieja conservadora y anti-juventud, les arrebate el derecho y la idea de organizar un "consejo de estudiantes", me párese una muy buena iniciativa por tu parte y la de tus compañeros.
Saludos!!
Saludos!!
Kirtash- Gran camarada
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Tenéis derecho a crear una asociación y el centro tiene que daros un espacio donde reuniros periódicamente.
De todos modos no hoy gran diferencia entre estar legalizado como asociación y no estarlo. Puedes utilizar esto como campaña de denuncia pero tampoco le des mucha importancia.
De todos modos no hoy gran diferencia entre estar legalizado como asociación y no estarlo. Puedes utilizar esto como campaña de denuncia pero tampoco le des mucha importancia.
stalingrado en la memoria- Miembro del Soviet
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Kirtash escribió:Tenéis derecho a crear una asociación y el centro tiene que daros un espacio donde reuniros periódicamente.
De todos modos no hoy gran diferencia entre estar legalizado como asociación y no estarlo. Puedes utilizar esto como campaña de denuncia pero tampoco le des mucha importancia.
Coincido, no te vayas por las nubes y, plantees la toma de la institución educativa por parte de los estudiantes o algo por el estilo, o un cambio a gran escala, utiliza este consejo como un medio para poder discutir temas con los profesores, directores y demás autoridades educativas, plantear ideas y denunciar aspectos que los estudiantes consideren negativos e injustos, (los que encontraras sin dudas).
Saludos
DasReich- Novato/a rojo/a
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- Mensaje n°10
Re: Nos prohíben crear un consejo de estudiantes.
Apuntaros al gym
Habeas_Corpus- Miembro del Soviet
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- Mensaje n°11
Re: Nos prohíben crear un consejo de estudiantes.
Otra opción es establecer una asamblea de estudiantes y punto. Creáis un correo y una lista dentro de el para comunicaros.
En esa lista metéis a toda persona que quiera participar y las asambleas las podéis organizar en esa lista, haciéndolas en los recreos o como mejor os venga.
Sacáis un panfleto y lo repartis entre compañeros, informando de que se ha creado una asamblea de estudiantes en el centro y que todo aquel que esté interesado, que me mande un email, y pista.
Eso conlleva el problema de que si algún profesor, etc, encuentra el papel y decide mandaros un email para estar en la lista, pues es una putada.
Para evitar males mayores, nada de nombres y apellidos en los emails y usarlo solo para organizar las asambleas, todo lo trascendental hablarlo en la propia asamblea.
En esa lista metéis a toda persona que quiera participar y las asambleas las podéis organizar en esa lista, haciéndolas en los recreos o como mejor os venga.
Sacáis un panfleto y lo repartis entre compañeros, informando de que se ha creado una asamblea de estudiantes en el centro y que todo aquel que esté interesado, que me mande un email, y pista.
Eso conlleva el problema de que si algún profesor, etc, encuentra el papel y decide mandaros un email para estar en la lista, pues es una putada.
Para evitar males mayores, nada de nombres y apellidos en los emails y usarlo solo para organizar las asambleas, todo lo trascendental hablarlo en la propia asamblea.
stalingrado en la memoria- Miembro del Soviet
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- Mensaje n°12
Re: Nos prohíben crear un consejo de estudiantes.
DasReich escribió:Apuntaros al gym
Y si... con ese nombre de usuario debía ser un Troll.
Oye, andate a forocoches que es e lugar adecuado para especímenes como vos.
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