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CAPÍTULO 2: ECONOMÍA
Artículo 19 La República Popular Democrática de Corea se sustenta en las relaciones socialistas de producción y en la base de la economía nacional autosuficiente.
Artículo 20 Los medios de producción en la República Popular Democrática de Corea son propiedad del Estado y de las organizaciones sociales y cooperativas.
Artículo 21 La propiedad del Estado es de todo el pueblo.
No existen límites en cuanto a los objetos que pueden ser propiedad del Estado.
Todos los recursos naturales del país, el ferrocarril, el transporte aéreo, las instituciones de comunicación, las fábricas, empresas, puertos y bancos principales son propiedad exclusiva del Estado.
El Estado protege e incrementa con preferencia su propiedad, la cual desempeña el papel principal en el desarrollo económico del país.
Artículo 22 La propiedad de las organizaciones sociales y cooperativas es propiedad colectiva de los trabajadores incorporados a éstas.
Las organizaciones sociales y cooperativas pueden tener en propiedad tierras, máquinas agrícolas, barcos, fábricas y empresas medianas y pequeñas, y otros por el estilo.
El Estado protege la propiedad de las organizaciones sociales y cooperativas.
Artículo 23 El Estado consolida y desarrolla el sistema de economía cooperativa socialista al elevar la conciencia ideológica y el nivel técnico-cultural de los campesinos, al unir orgánicamente la propiedad de todo el pueblo y la cooperativa en el sentido de que la primera fortalezca su papel rector sobre la segunda, y al mejorar la dirección y administración sobre ésta. El Estado convierte gradualmente la propiedad de las organizaciones cooperativas en propiedad de todo el pueblo, de acuerdo con la voluntad de todos sus miembros.
Artículo 24 La propiedad individual es la de consumo y uso personal de cada ciudadano.
La propiedad individual la constituyen la retribución socialista según el trabajo realizado y el beneficio adicional que brindan el Estado y la sociedad.
Los productos obtenidos en parcelas individuales y por otras economías auxiliares individuales y el ingreso por las demás actividades económicas legales son también propiedad individual.
El Estado protege la propiedad individual y garantiza por ley el derecho a heredar.
Artículo 25 La República Popular Democrática de Corea tiene por principio supremo de su actividad mejorar constantemente la vida material y cultural del pueblo.
Todos los bienes materiales de la sociedad, cuyo volumen se incrementa en nuestro país, donde ya fue abolido el sistema de impuestos, se destinan al fomento del bienestar de los trabajadores.
El Estado asegura a todos los trabajadores plenas condiciones para la alimentación, el vestido y la vivienda.
Artículo 26 La economía nacional autosuficiente establecida en la RPDC constituye un recurso sólido para la feliz vida socialista del pueblo y la prosperidad y el progreso del país.
El Estado, ateniéndose a la línea de construcción de la economía nacional socialista autosuficiente y acelerando su adecuación a nuestras condiciones, su modernización y fundamentación científica, se esfuerza por convertirla en una economía autóctona, altamente desarrollada, y por edificar los cimientos técnico-materiales correspondientes a la sociedad socialista perfeccionada.
Artículo 27 La revolución técnica constituye el eslabón principal del desarrollo de la economía socialista.
El Estado ejecuta todas sus actividades en el orden económico prestando siempre primordial atención a los problemas relacionados con el progreso técnico y, mediante la aceleración del avance científico-técnico y la renovación tecnológica de la economía nacional y el enérgico impulso al movimiento masivo de innovación técnica, libera a los trabajadores de las labores duras y difíciles y reduce las diferencias entre el trabajo físico y el intelectual.
Artículo 28 Con miras a eliminar las disparidades entre la ciudad y el campo y las diferencias de clases entre obreros y campesinos, el Estado industrializa y moderniza la agricultura promoviendo la revolución técnica en las áreas rurales, eleva el papel del distrito e intensifica la dirección y ayuda al campo.
El Estado asume la construcción de los establecimientos de producción y viviendas modernas en las granjas cooperativas.
Artículo 29 El socialismo se construye con el trabajo creador de las masas trabajadoras.
En la República Popular Democrática de Corea el trabajo es de carácter independiente y creador y lo realizan los trabajadores liberados de la explotación y opresión, sin conocer el desempleo.
El Estado convierte el trabajo en algo más agradable y digno, de modo que trabajadores lo desempeñen con entusiasmo consciente e iniciativa en bien de la sociedad, el colectivo y de sí mismos.
Artículo 30 La jornada laboral es de ocho horas.
El Estado aplica una jornada más corta, de conformidad con el grado de dificultad del trabajo y otras condiciones específicas.
El Estado procura aprovechar al máximo la jornada laboral organizando bien el trabajo y fortaleciendo la disciplina laboral.
Artículo 31 La edad laboral del ciudadano en la República Popular Democrática de Corea comienza a 16 años.
El Estado prohíbe el trabajo de los menores de esa edad.
Artículo 32 En la dirección y administración de la economía socialista, el Estado mantiene con firmeza el principio de combinar correctamente la dirección política con la económico-técnica, la orientación unificada del Estado con la iniciativa de cada unidad, el mando unitario con la democracia, y el estímulo político-moral con el material.
Artículo 33 El Estado dirige y gestiona la economía ateniéndose al sistema de trabajo Taean, forma de administración económica socialista que consiste en manejar científica y racionalmente la economía, apoyándose en la fuerza colectiva de las masas productoras, y al sistema de dirección agrícola según el cual la economía rural es dirigida por el método empresarial.
De acuerdo con las exigencias del sistema de trabajo Taean, el Estado aplica el sistema de autofinanciamiento en la administración económica y hace emplear con acierto los costos de fabricación, precios, rentabilidad y otras palancas económicas.
Artículo 34 La economía nacional de la República Popular Democrática de Corea es una economía planificada.
El Estado elabora y ejecuta el plan de desarrollo de la economía nacional de acuerdo con las leyes del desarrollo de la economía socialista, de modo que asegure el correcto equilibrio entre la acumulación y el consumo, acelere la construcción económica, mejore ininterrumpidamente la vida del pueblo y fortalezca el poderío defensivo del país.
El Estado garantiza el incremento de la producción a un alto ritmo y el desarrollo equilibrado de la economía nacional, al unificar y pormenorizar la planificación.
Artículo 35 La República Popular Democrática de Corea determina y ejecuta el presupuesto estatal con arreglo al plan de desarrollo de la economía nacional.
El Estado aumenta sistemáticamente la acumulación estatal y amplía y desarrolla la propiedad socialista mediante la intensificación de la lucha por el aumento de la producción y el ahorro y el estricto control financiero en todos los dominios.
Artículo 36 El comercio exterior de la República Popular Democrática de Corea corre a cargo de los órganos estatales, empresas y organizaciones sociales y cooperativas.
El Estado desarrolla el comercio exterior sobre la base de los principios de completa igualdad y beneficio mutuo.
Artículo 37 El Estado fomenta la gestión empresarial comanditaria y asociada de los organismos, empresas y organizaciones de nuestro país con personas naturales y jurídicas extranjeras, así como el establecimiento y gestión de diversas empresas en las Zonas Económicas Especiales.
Artículo 38 El Estado aplica una política de tarifas aduaneras para proteger la economía nacional autosuficiente.
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